De acuerdo con la modificación de la fracción VIII del artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo se agregó un tope al pago de PTU el cual no debe ser mayor a 90 días de sueldo o el promedio del pago de PTU de los tres últimos años, tomando como tope el que beneficie más al colaborador.
Algunas de las preguntas más frecuentes que nos han hecho sobre este cambio en el PTU para 2022 son:
¿Cuál es el salario que se debe de tomar en cuenta para el cálculo de los 3 meses de tope?
Respuesta: Se debe de considerar el mismo salario del colaborador utilizado para el reparto de las utilidades ya sea en base a la suma de los conceptos de salario del acumulado entre los días o el sueldo diario del colaborador según la configuración seleccionada topándolo al Sueldo del sindical más alto más un 20%. Por lo que si el salario del colaborador es mayor al tope del sindical más alto se debe de tomar este tope salarial por 90 como el tope de 3 meses para pago de P.T.U.
Ejemplo: Si Juan Pérez tiene un Salario diario de 1,500.00 pesos y el sindical más alto tiene un salario de 800.00, tendría que tomar los 800.00 más un 20% dando como resultado 960.00 pesos diarios, por lo que el tope de los 3 meses para Juan es de (960.00 * 90) = 86,400.00 (Tope 3 Meses).
¿Qué pasa si no he tenido reparto de utilidades en los últimos tres años?
Respuesta: En caso de no haber tenido el colaborador reparto de utilidades en los últimos 3 años debemos de considerar el tope de 90 días como tope para el reparto de utilidades.
Atentamente
Departamento de Soporte Técnico
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